Ley Reformatoria a la Ley de Compañías para la Optimización e Impulso Empresarial y para el Fomento del Gobierno Corporativo

Ley Reformatoria a la Ley de Compañías para la Optimización e Impulso Empresarial y para el Fomento del Gobierno Corporativo

El pasado 15 de marzo de 2023 se publicó en el Registro Oficial la Ley Reformatoria a la Ley de Compañías para la Optimización e Impulso Empresarial y para el Fomento del Gobierno Corporativo (en adelante reforma a la Ley de Compañías), mediante suplemento N. 269. La reforma contiene varias disposiciones que buscan facilitar y agilizar los trámites societarios, y ubicar al Ecuador en la vanguardia de este régimen jurídico en Latinoamérica. Entre los cambios más significativos propuestos se destacan los siguientes: Reducción de formalidades La reforma a la Ley de Compañías propone varios cambios en términos de formalidades que...

Aplicación del principio de especialidad de acuerdo a la normativa de PI de la Comunidad Andina. Ecuador- https://www.inta.org/perspectives/ecuador-specialty-principle-follows-andean-rules/

Aplicación del principio de especialidad de acuerdo a la normativa de PI de la Comunidad Andina. Ecuador- https://www.inta.org/perspectives/ecuador-specialty-principle-follows-andean-rules/

Una resolución del máximo tribunal administrativo del Ecuador desarrolló los criterios establecidos por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina al aplicar el principio de especialidad.Caso: BRITT, clase 31 (CAFÉ & CHOCOLATES BRITT SOCIEDAD ANÓNIMA) vs. BRIT & diseño, clase 30 (VAFO PHARMA, s.r.o.)- Resolución No. OCDI-2020-589 Vafo Praha, s.r.o. solicitó su marca BRIT & diseño para proteger los alimentos y golosinas para mascotas en Ecuador. Chocolates Britt Sociedad Anónima apeló ante el Órgano Colegiado de Derechos Intelectuales (Órgano Colegiado) un rechazo previo a su oposición, que había estado basada en una serie de registros anteriores para su marca...

Las marcas ® de la pandemia.

Las marcas ® de la pandemia.

Varios titulares de marcas se aprestan para sacar provecho de la epidemia de Coronavirus. En América Latina hemos podido conocer de solicitudes en México para la marca “CORONAVIRUS” nº 2341574 en la clase 42 y en Argentina bajo nº 3884178; en Chile ya existe en trámite la solicitud nº 1352097 de la marca “COVID-19” para identificar productos de la clase 3 y 25 y servicios de la clase 43. En la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO) ha sido solicitada la marca nº 18209884 “CORONAVIRUS” para identificar productos de las clases 3, 31, 32, 33. https://euipo.europa.eu/eSearch/#basic/1+1+1+1/100+100+100+100/coronavirus La Oficina Española de Patentes...

COVID-19 y Propiedad Intelectual.

COVID-19 y Propiedad Intelectual.

1. El Gobierno ecuatoriano ha declarado un confinamiento de 21 días como parte de sus esfuerzos para contener la propagación del virus COVID 19 y la Oficina Ecuatoriana de Propiedad Intelectual (IP Office) ha suspendido los plazos durante este período. Sin embargo, la Oficina de Propiedad Intelectual ecuatoriana permanece abierta para presentar documentos y nuevas solicitudes en línea. 2.- Medtronic comparte los derechos de propiedad intelectual de su ventilador para combatir la escasez de equipos causados por el coronavirus brote de COVID-19 en todo el mundo. https://www.massdevice.com/breaking-medtronic-shares-ventilator-ip-to-combat-shortages-against-coronavirus/ 3.- La UE está promoviendo la investigación sobre la COVID-19 mediante la movilización...

SWISSBRAND- Compañía panameña obtiene registro de la marca SWISSBRAND, pese a la oposición de SWISS FEDERAL INSTITUTE OF INTELLECTUAL PROPERTY.

SWISSBRAND- Compañía panameña obtiene registro de la marca SWISSBRAND, pese a la oposición de SWISS FEDERAL INSTITUTE OF INTELLECTUAL PROPERTY.

Mediante Resolución No. OCDI-2019-111, del 6 de febrero de 2019, el Órgano Colegiado de derechos Intelectuales, máximo órgano administrativo de Propiedad Intelectual en Ecuador, ratificó en última instancia su decisión respecto del caso SWISS FEDERAL INSTITUTE OF INTELLECTUAL PROPERTY vs.  SWISS BRAND LIMITED INC respecto de la posibilidad de registro de la marca “SWISSBRAND, Clase Internacional No. 18. La demandante SWISS FEDERAL INSTITUTE OF INTELLECTUAL PROPERTY sostenía que el signo SWISSBRAND era engañoso y que ilegítimamente reproducía el nombre de un país, lo cual está prohibido por la norma nacional vigente en Ecuador. La autoridad, sin embargo, aceptó la tesis...

REDUCCIÓN DE TASAS OFICIALES DE PATENTE EN ECUADOR.

REDUCCIÓN DE TASAS OFICIALES DE PATENTE EN ECUADOR.

Desde el último aumento de tasas oficiales patentes, puesto en vigor en el año 2014, el número de solicitudes de patente presentadas en Ecuador decreció drásticamente. Adicionalmente, varias organizaciones sociales y  entidades extranjeras presentaron acciones contra tal aumento. Los reclamos principalmente argumentaron que las tasas aprobadas eran superiores a la de los otros países andinos, no se justificaban teniendo en cuenta el costo de los servicios de patentes brindados en Ecuador, y que los descuentos concedidos a algunas entidades nacionales eran discriminatorios con los solicitantes extranjeros. De acuerdo a la Resolución 001-2016-CD-IEPI, de fecha 03 de agosto de 2016, publicada...

PROTECCIÓN DE DATOS EN ECUADOR.

PROTECCIÓN DE DATOS EN ECUADOR.

Dra. Janet Hernandez C. ABREU & ASOCIADOS (Quito, Ecuador) La protección de los datos de prueba se dirige especialmente a la información que no ha sido divulgada al público respecto de productos farmacéuticos o productos químicos agrícolas, y de nuevas entidades químicas, cuyo desarrollo haya requerido de un esfuerzo considerable. Son datos producidos para establecer la seguridad y eficacia de esos productos al efecto de obtener los registros sanitarios ante las autoridades correspondientes. La justificación de esta protección radica el “esfuerzo considerable” invertido en la recopilación de estos datos. Las empresas farmacéuticas argumentan, por ejemplo, que sería injusto que un...

Coexistencia de marcas notorias para identificar los mismos productos/servicios, en el mismo territorio. Janet Hernandez. Agosto 2014.

Coexistencia de marcas notorias para identificar los mismos productos/servicios, en el mismo territorio. Janet Hernandez. Agosto 2014.

En Ecuador, el Barça (FC Barcelona de España) presentó solicitudes para registrar su marca en las clases 25, 28 y 41. El equipo más importante de ese país, el Barcelona Sporting Club (BSC), presentó oposiciones con base a varios registros previos “BARCELONA”. El equipo ecuatoriano, además afirmaba que la notoriedad del nombre “Barcelona” en el Ecuador existe hace mucho tiempo a favor del equipo ecuatoriano de futbol, quien posee la mayor hinchada nacional y tiene varios títulos regionales. No solo los nombres son similares, sino también los emblemas. La pregunta era pueden coexistir en el mismo territorio dos marcas notorias...

EFECTOS DE LAS TRANSFERENCIASDE MARCAS DENTRO DE LAS ACCIONES DE CANCELACIÓN. Caso “BUCANERO”.

EFECTOS DE LAS TRANSFERENCIASDE MARCAS DENTRO DE LAS ACCIONES DE CANCELACIÓN. Caso “BUCANERO”.

Caso “BUCANERO” El Comité de Propiedad Industrial de la oficina de propiedad intelectual ecuatoriana ha ratificado recientemente que, en materia de propiedad intelectual, Decisión 486 prevalece sobre todas las regulaciones locales. ANTECEDENTES: En el presente caso, 1. Cervecería Bucanero presentóuna acción de cancelación por falta de de uso contra el registro BUCANERO No 4728-86, de NEGOCIOS Y VENTAS NEGSALES S.A. 2. – El 19 de julio de 2013, el Comité de PInotificó la accion al propietario registrado de la marca (NEGOCIOS Y VENTAS NEGSALES S.A.) 3. En abril de 2013, marca BUCANERO No 4728-86 habiarecibio dos transferencias sucesivas, que fueron...

La cotitularidad de las marcas en Ecuador-

La cotitularidad de las marcas en Ecuador-

En Ecuador es posible que una marca pueda ser objeto de una copropiedad o cotitularidad entre dos o más sujetos, y la práctica local da sustento a esta opinión por cuanto coexisten registradas múltiples marcas en régimen de cotitularidad. La cotitularidad sobre los derechos que nacen de un registro marcario no se encuentra expresamente regulada en la normativa andina. Sin embargo, si se reconoce la legitimación que cada cotitular posee para entablar acciones por infracción de Derechos de la Propiedad Industrial (artículo 238. 3 de la Decisión 486 de la CAN). Consecuentemente, y en aplicación del principio del “complemento indispensable”,...

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