Desde el 4 de agosto de 2025 entró en vigencia el Reglamento de Trámite Notarial para la Autorización de Salida del País de Niños, Niñas y Adolescentes, aprobado por el Pleno del Consejo de la Judicatura en su sesión ordinaria No. 076-2025.
Este reglamento contiene doce artículos que establecen un procedimiento uniforme y obligatorio para otorgar permisos de viaje al exterior a menores de edad.
Entre sus principales disposiciones, se determina que los representantes legales deberán presentar el formulario de salida del país, disponible en la página oficial de la Función Judicial, y acudir a entrevistas que serán registradas en el Sistema Informático Notarial.
Por su parte, los Notarios tienen la obligación de verificar la documentación, levantar el acta notarial de autorización, tomar huellas y fotografías de los comparecientes e incorporar medidas de seguridad como hologramas, códigos QR o sellos que garanticen la autenticidad del documento.
La finalidad de esta normativa es proteger el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, fortaleciendo la seguridad jurídica y reduciendo los riesgos de trata de personas o tráfico ilícito de migrantes.
Para los padres y representantes legales, el proceso se torna más seguro, pero también más formal y exigente.
La asesoría profesional especializada resulta esencial para cumplir sin contratiempos con los requisitos y asegurar la validez del permiso.
Ab. Maria Jose Urbano
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