ECUADOR: LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN CONTRA LA COMPETENCIA DESLEAL.

El 29 de agosto de 2025, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Regulación contra la Competencia Desleal, estableciendo un marco legal especializado para proteger mercados, operadores económicos y consumidores frente a prácticas desleales. Esta ley deroga parcialmente la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM), en materia de competencia desleal y tipifica el abuso de dependencia económica como práctica desleal.

La normativa establece una doble vía de control: administrativa, para sancionar prácticas agravadas que afectan el interés público, a cargo de la Superintendencia de Competencia Económica (SCE); y judicial, para que los operadores afectados puedan demandar por prácticas simples o agravadas ante jueces civiles, solicitando cesación, rectificación o indemnización.

La ley incorpora nuevas prácticas sancionables, como ventas piramidales y prácticas comerciales encubiertas, ampliando el catálogo para cubrir vacíos anteriores, e incluye la inversión de la carga de la prueba, obligando al presunto infractor a demostrar la legalidad de su conducta en determinados casos.

Para las empresas, esto implica una mayor protección legal frente a actos de competencia desleal, la necesidad de implementar programas de compliance y controles internos, y una mayor capacidad de defensa tanto administrativa como judicial. En conjunto, la Ley fortalece la transparencia, la seguridad jurídica y la confianza en el mercado ecuatoriano, alineándose con estándares internacionales y promoviendo igualdad de oportunidades para todos los operadores económicos.

 

Ab. María José Urbano

abreu@abreuip.com